Publicado el Pliego de Adjudicación de la Caseta de la Juventud para la Feria 2019

Formación y Empleo

Publicado el Pliego de Adjudicación de la Caseta de la Juventud para la Feria 2019

Publicado el Pliego de Adjudicación de la Caseta de la Juventud para la Feria 2019

resumen del pliegode condiciones para caseta de juventud2019

PLIEGO ADJUDICACIÓN CASETA DE LA JUVENTUD FERIA 2019

 

Ante la proximidad de las Fiestas Locales a celebrar en este municipio, con motivo del día de nuestros Patronos durante los días del 24 al 27 de julio de 2019.

Ante la necesidad de prestar el servicio de explotación del Bar de la Caseta de la Juventud en dicha fiesta,

Por la Presente, VENGO A RESOLVER:

 

PRIMERO: Aprobar el siguiente Pliego de condiciones para la contratación del servicio de la Caseta de la Juventud.

 

1.- OBJETO DEL CONTRATO: Adjudicación de recinto para montaje de la Caseta de la Juventud, sito en Parque Jovellanos en Avda. de la Ilustración.

 

2.- DURACIÓN: Tendrá el contrato una duración de los días 24, 25, 26 y 27 de julio de 2019.

 

  • TIPO DE LICITACIÓN:
  1. Caseta de la Juventud: 50 €

 

  • OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.

1º Poner a disposición del arrendatario los bienes e instalaciones convenidas en el tiempo establecido.

 

  • DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO.

1º  Variación en la calidad, cantidad o tiempo de las prestaciones en que el servicio consista.

2º Fiscalizar el servicio a través de la Concejala Delegada, a cuyo efecto podrá inspeccionar el servicio, las obras, instalaciones y locales y la documentación relacionada con el objeto del mismo.

3º Interponer al concesionario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiera.

4º Rescatar la concesión.

5º Suprimir el servicio.

 

  • OBLIGACIONES GENERALES DE LOS CONCESIONARIOS DE LA CASETA

1º) Respetar el objeto del contrato, no pudiendo destinar la Caseta a otra actividad distinta de la autorizada.

2º) Mantener en buen estado de limpieza y conservación las instalaciones.

3º) No transmitir el contrato a terceros.

4º) Alta en el IAE, por el ejercicio de dicha actividad. Así como el pago de impuestos o tasas municipales o estatales que hubiera lugar por el ejercicio de la actividad.

5º) El concesionario se obliga a cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de toda responsabilidad por esas obligaciones.

6º) El concesionario deberá presentar copia compulsada de Seguro de Responsabilidad Civil que cubra la actividad.

7º) El servicio de bebidas deberá hacerse en vasos de plástico.

8º) Instalación, acondicionamiento y montaje de carpa de dimensiones mínimas de 10 x 15 m.

9º) El adjudicatario se compromete a respetar los horarios de música que será el siguiente:

  • Noche del 24 al 25 de julio: a las 7:00 de la mañana.
  • Noche del 25 al 26 de julio: a las 7:30 de la mañana.
  • Noche del 26 al 27 de julio: a las 7:00 de la mañana.
  • Noche del 27 al 28 de julio: a las 7:00 de la mañana.

 

10º) Abonar el importe del precio correspondiente al Ayuntamiento con anterioridad a la instalación de la Caseta.

11º) Presentar Fianza de 200 € tras la adjudicación que le será devuelta una vez finalizada las fiestas que responderá del cumplimiento de lo establecido en este Pliego.

12º) El concesionario se verá obligado, en sus relaciones con el usuario a establecer un cuadro de precios de los servicios que se ofrezcan dentro de la media de los establecidos en otros establecimientos de la localidad.

13º) El concesionario se verá obligado a velar por la seguridad de dicha caseta mediante la contratación de vigilancia de seguridad cualificada mediante acreditación.

 

 

5.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO

1º) Falta de pago del plazo sin justificación.

2º) Por incumplimiento de las condiciones fijadas en el contrato.

3º) Por rescate del servicio por el Ayuntamiento, previo procedimiento que justifique la necesidad.

4º) Declaración de quiebra o suspensión de pagos o muerte del empresario individual.

5º) Declaración de quiebra o suspensión de pagos o extinción del a persona jurídica.

 

6.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL ARRIENDO.

 

Las infracciones en que puede incurrir el arrendatario se pueden clasificar en:

  • Infracciones Leves:

Retrasos en el cumplimiento de las obligaciones del concesionario.

Desobediencia a los Decretos o Resoluciones de la Alcaldía.

No sometimiento a la Inspección de los Servicios Municipales.

 

  • Infracciones Graves:

La reiteración por parte del concesionario de actos que den lugar a sanciones leves.

El uso anormal del servicio concedido.

El ejercicio de una actividad ajena a la autorizada.

El incumplimiento del horario de apertura de establecimiento público.

 

  • Infracciones Muy Graves:

Incumplimiento de obligaciones esenciales del concesionario.

Reiteración de faltas graves.

 

               La imposición de sanciones por faltas leves, requerirá un expediente sumario en el que será oído el infractor. Las infracciones por faltas muy graves se sancionarán con arreglo a lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

7.- REVERSIÓN DE LAS INSTALACIONES.

 

Cuando finalice el plazo contractual, deberá el arrendatario entregar las instalaciones con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuado, recuperando el ayuntamiento los bienes e instalaciones objetos de reversión.

 

El arrendatario abonará al Ayuntamiento los daños y perjuicios que como consecuencia de su actuación hubiese ocasionado.

 

 

8.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.

 

La adjudicación del contrato se realizará, siguiendo el régimen de contrato menor, dado el importe del mismo, no obstante, un anuncio del mismo se publicará en tablón de Anuncios de Cañada Rosal y los lugares habituales del municipio.

 

9.- RIESGO Y VENTURA.

El arrendatario gestiona el servicio a su riesgo y ventura y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras y servicios, salvo en los casos de fuerza mayor, o por la modificación del objeto mismo del arriendo impuesta unilateralmente por el Ayuntamiento o decisiones de éste producidas fuera del ámbito contractura propiamente dicho, cuya menor onerosidad compartida ha de ser por el Ayuntamiento.

 

10.- CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.

La adjudicación del contrato se realizará mediante concurso público con arreglo al presente pliego y la normativa que regula la contratación de las Administraciones Públicas. Se otorgará al licitador que presente la oferta económica más elevada. En el caso de que no pudiera hacerse cargo de la adjudicación por las razones legales que se establecen, se le adjudicará al siguiente licitador que haya realizado la siguiente oferta más elevada y así sucesivamente.

 

 

11.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.

Los licitadores solamente podrán presentar una proposición en el Registro General del Ayuntamiento, dirigiéndola al Área de Cultura, en horas de oficina durante el plazo de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de este Pliego en los tablones de anuncios de la localidad y en el Tablón del Ayuntamiento.

La proposición se presentará en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción PRESENTACIÓN DE SOLICITUD PARA ADJUDICACIÓN DE LA CASETA DE LA JUVENTUD 2019.

 

Debiendo contener los siguientes documentos:

 

  • Fotocopia compulsada del DNI.
  • Declaración responsable de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Copia compulsada del seguro de Responsabilidad Civil que cubra la actividad.
  • La proposición con arreglo al siguiente modelo:

D…………………………………………………………………………………………………… con domicilio en …………………………………………………. Municipio ………………………………… con DNI nº ………………………………………… en nombre propio (o representación de ………………………………….. como acredito por ……………………………….) enterado de la convocatoria para la adjudicación de la CASETA DE LA JUVENTUD, durante las Fiestas de San Joaquín y Santa Ana anunciada en el tablón de ese Ayuntamiento, tomo parte de la misma comprometiéndome a la instalación y servicio de bar en la forma que determina el Pliego de Condiciones, con los criterios y mejoras que se adjuntan (en su caso) declarando no estar incurso en supuestos de prohibición, incapacidad e incompatibilidad de la Ley LCSP/2017 Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y cuya oferta económica me comprometo a abonar con la siguiente cantidad:………………………………. €

 

12.- APERTURA DE PROPOSICONES.

Las ofertas se abrirán por el órgano de contratación dentro de los tres días siguientes, una vez finalizado el plazo de presentación de las mismas.

 

13.- RÉGIMEN JURÍDICO

En lo no previsto en el presente pliego regirán las normas de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local en la Ley LCSP/2017 Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014.

 

Cañada Rosal a 10 de Junio de 2019

 

 

FDO. Rodrigo Rodríguez Hans

ALCALDE

 

Pliego de Adjudicación de la Caseta de la Juventud para la Feria 2019